El Decreto 1998 de 2017 reglamentó el reporte de conciliación que deberán presentar virtualmente quienes tengan ingresos brutos anuales superiores a 45.000 UVT y en el que se explicarán las diferencias entre los saldos contables y fiscales originadas por la aplicación de las normas internacionales.
El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1998 de noviembre 30 de 2017 a través del cual se reglamentó la norma del nuevo artículo 772-1 del ET (creado con el artículo 137 de la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016), en el que se estableció que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad (sin importar cuáles fueran los impuestos por los cuales tuvieran que responder ante la Dian) tendrían que empezar a llevar, a partir del año gravable 2017, un sistema de control o de conciliación de las diferencias que surgieran entre los valores contables y los valores fiscales producto de la aplicación de los nuevos marcos normativos contables. Por lo tanto, a través de este decreto se agregaron los artículos 1.7.1 hasta 1.7.6 al DUT 1625 de octubre de 2016 para establecer las nuevas reglas de juego.
Hi, this is a comment.
To delete a comment, just log in and view the post's comments. There you will have the option to edit or delete them.